Renta Vitalicia
- La paga una compañía de seguros de vida.
- Se contrata en UF y se paga durante toda la vida.
- Los fondos destinados a financiarla se traspasan a la compañía.
- La decisión es irrevocable.
- Puede incorporar condiciones especiales de cobertura.
Retiro Programado
- Lo paga la AFP con cargo a la cuenta individual.
- El monto se recalcula periódicamente conforme a la normativa y puede variar.
- Los fondos permanecen en la cuenta individual y están sujetos al resultado de las inversiones.
- La persona puede posteriormente cambiar de modalidad si cumple los requisitos aplicables.
- El saldo que corresponda puede constituir herencia cuando no existen beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
No existe una modalidad universalmente mejor. La elección depende de prioridades como estabilidad, flexibilidad, situación familiar, tolerancia a variaciones y necesidad de dejar recursos.
Preguntas que ayudan a decidir
- ¿Necesito conocer de antemano una pensión en UF para toda la vida?
- ¿Valoro más la posibilidad de cambiar en el futuro?
- ¿Tengo cónyuge u otros beneficiarios legales?
- ¿Qué condiciones especiales aparecen en mis ofertas?
- ¿Comprendo cómo puede evolucionar cada alternativa?
Compara antes de decidir
Revisemos las diferencias aplicadas a tus propias ofertas de pensión.
Consultar por WhatsAppFuente general: modalidades de pensión, Superintendencia de Pensiones.